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1. Criterios del SRI para Determinar la Obligatoriedad de Llevar Contabilidad en Ecuador
Los criterios establecidos por el Servicio de Rentas Internas (SRI) para determinar la obligatoriedad de llevar contabilidad en Ecuador son claros y deben ser atendidos por todas las personas naturales o jurídicas que realicen actividades económicas. En primer lugar, se considera obligatorio llevar contabilidad para aquellas personas naturales y sucesiones indivisas que estén obligadas a llevar contabilidad según la Ley.
En segundo término, se debe llevar contabilidad completa quienes ejerzan comercio y generen ingresos superiores a los establecidos por la ley. Además, aquellas sociedades y entidades que, independientemente de su actividad económica, tengan ingresos brutos anuales superiores a un determinado valor fijado por la normativa vigente, deben cumplir con esta exigencia.
La normativa fiscal ecuatoriana también indica que aquellos contribuyentes que realicen contratos con el Estado por montos superiores a los definidos legalmente tienen la obligación de mantener una contabilidad formal.
Además, los contribuyentes especiales y aquellos que mantienen relaciones económicas con sujetos pasivos especiales, están requeridos por el SRI a llevar contabilidad de acuerdo a disposiciones especiales.
Es importante destacar que los profesionales que ejercen liberalmente su actividad y determine el SRI deben llevar contabilidad simplificada siempre que sus ingresos brutos anuales sean superiores a cierto límite.
Por último, es relevante mencionar que el Código de Comercio y otras leyes sectoriales establecen también mandatos en cuanto a la llevanza de contabilidad, por lo que se recomienda consultar dichas normativas para verificar si existe algún mandato específico relativo a la actividad económica que se desempeña.
En resumen, la obligatoriedad de llevar contabilidad en Ecuador se encuentra basada en distintos criterios como: tipo de actividad económica, montos de ingresos anuales, realización de contratos con el Estado y si se está catalogado como contribuyente especial o se mantiene relación con uno.
Consideraciones en los porcentajes de retención (Agentes de Retención)
¿Cuáles son los criterios que utiliza el SRI para determinar si una persona natural o jurídica está obligada a llevar contabilidad en Ecuador?
Los criterios que utiliza el Servicio de Rentas Internas (SRI) para determinar si una persona natural o jurídica está obligada a llevar contabilidad en Ecuador son principalmente:
1. Que la persona natural tenga un nivel de ingresos anuales superiores al establecido por la ley para la obligatoriedad de llevar contabilidad, o que realice actividades económicas que así lo requieran.
2. Que la persona jurídica esté constituida como tal, sin importar su nivel de ingresos.
Es importante consultar la normativa vigente y actualizaciones del SRI para conocer los umbrales específicos y las actividades que implican la obligación de llevar contabilidad.
¿Cómo puedo consultar mi obligación de llevar contabilidad ante el SRI y qué documentación necesito presentar para verificar mi situación fiscal?
Para consultar tu obligación de llevar contabilidad ante el SRI en Ecuador, debes ingresar al portal web del Servicio de Rentas Internas (SRI) y realizar lo siguiente:
1. Accede a la opción 'Servicios en Línea' y selecciona 'Sistema de Rentas Internas'.
2. Ingresa con tu RUC y contraseña.
3. Dirígete a la sección de 'Ficha del Contribuyente'.
Ahí podrás verificar si estás obligado o no a llevar contabilidad. Además, mantén a mano tu documento de identidad para cualquier proceso de verificación adicional. En caso de requerir actualizar o cambiar tu situación fiscal, deberás presentar documentación que justifique dichos cambios, como podrían ser declaraciones de impuestos anteriores, constancias de ingresos, entre otros.
¿Existen excepciones o casos especiales en los que una persona o empresa no esté obligada a llevar contabilidad a pesar de cumplir con los parámetros establecidos por el SRI?
Sí, existen excepciones o casos especiales en los que una persona o empresa no está obligada a llevar contabilidad en Ecuador, incluso si cumplen con parámetros establecidos por el Servicio de Rentas Internas (SRI). Por ejemplo, las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad y que realizan actividades económicas cuyos ingresos brutos anuales no superen el límite establecido por la ley, actualmente en 300.000 dólares. También, están exentos los profesionales que ejercen su actividad de forma independiente y emiten comprobantes de venta autorizados por el SRI, manteniendo un registro de sus ingresos y gastos. Es importante verificar con el SRI o un contador para conocer si se aplica alguna excepción específica según la situación y cambios normativos.
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